28 de jun. (Sentido Común) -- Cuando la Procuraduría Federal del Consumidor anunció ayer una multa por 22.4 millones de pesos a cinco aerolíneas --cuatro nacionales y una estadounidense--, por cobrar una tarifa a la primera maleta documentada en vuelos desde la capital del país hacia Estados Unidos y Canadá, muchos celebraron lo que parecía ser el freno a un exceso de esas compañías de aviación.

     Sin embargo, Profeco, como también se conoce al organismo responsable de defender a los consumidores de prácticas abusivas de los productores de bienes y prestadores de servicios, en su afán de defender a los usuarios de aerolíneas, pudo haber excedido sus atribuciones, de acuerdo con personas de la industria y un experto consultado.

     Pocas horas después que la Procuraduría anunció la sanción a AeroMéxico, Interjet, Volaris y VivaAerobus --las cuatro aerolíneas con mayor tráfico de vuelos en México--, así como la estadounidense JetBlue Airways, Miguel Peláez, quien funge como director general de aeronáutica civil, manifestó su desacuerdo.

     El funcionario considera que Profeco no debió haber impuesto las multas ya que el tratado internacional que rige el transporte aéreo entre México, Estados Unidos y Canadá, permite que las aerolíneas cobren la primera maleta de los pasajeros.

     “Mientras sea un vuelo internacionales con un país que tengamos un tratado, que es el caso específico de Estados Unidos y Canadá, sí se puede cobrar la primera maleta”, dijo Peláez, en una entrevista con el periodista Carlos Loret de Mola, en las estaciones de Grupo Radio Fórmula. “Jurídicamente los tratados internacionales están por encima de nuestras leyes federales”.

     Las aerolíneas que multó Profeco acordaron, a inicios de este año, iniciar con el cobro de la primera maleta documentada en busca de ofrecer tarifas diferenciadas, o limpias, para cada usuario. Con esa política, las compañías de aviación buscaban que quienes no viajaran con equipaje pudieran pagar menos por su boleto, al no tener que sufragar el costo de esa carga en el avión como sí han hecho hasta ahora al no poder elegir entre pagar o no pagar por equipaje –algo que todos los pasajeros pagaban hasta ahora.

     Sin embargo, como era previsible, la decisión del cobro de la primera maleta generó malestar entre los viajeros, a quienes no se les aclaró que gracias a ese cobro diferenciado su boleto de avión podía bajar de precio.

     “No hay nada que le moleste más a un usuario que pagar más, en este caso una maleta”, dijo Luis Landa Fournier, doctor en economía por Georgetown University e investigador de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad Anáhuac, en entrevista telefónica. “Toda nuestra vida, desde que hemos sido chiquitos, nunca hemos pagado por una primera maleta”.

     En vuelos dentro del territorio mexicano el tratado internacional no aplica y serían las leyes federales las que rigen la operación de las aerolíneas, por lo que no debe realizarse este cobro.

     “En los vuelos nacionales aplica completamente nuestra jurisprudencia, aplica nuestra legislación”, agregó Peláez, de aeronáutica civil. “No se debe cobrar” la primera maleta.

     Las declaraciones del funcionario de aeronáutica civil van en sintonía con la opinión de Volaris, la mayor empresa de transporte aéreo de bajo costo del país, quien ayer mismo adelantó que impugnará la sanción de Profeco porque la considera injusta.

     “Volaris opera en estricto apego a la ley y reglamento aplicables y de acuerdo con la práctica comercial que expresamente permite el Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre los Gobiernos de México y los Estados Unidos”, dijo un representante de la empresa, en un comentario enviado a través de correo electrónico a Infosel, sobre la sanción que recibió ayer por 4.5 millones de pesos. La compañía “manifiesta que no ha incurrido en violación alguna por lo que impugnará ante las instancias judiciales correspondientes esta desafortunada sanción”.

     La empresa así refuerza la opinión de quienes creen que en este caso prevalecerá la instrucción del acuerdo internacional sobre las leyes federales.

     Así, tal parece que la visión de aeronáutica civil, una dependencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), es contraria a la que tuvo Profeco, que es una entidad de la Secretaría de Economía, al aplicar las sanciones.

     Por su parte Rafael Ochoa, el titular de esa dependencia en funciones tras la salida de Ernesto Nemer, dijo que la multa si bien parece contradecir esa norma, fue determinada para defender los derechos de los usuarios, algo que no está estipulado en el acuerdo aéreo internacional con Estados Unidos y Canadá.

     “El tratado no regula las disposiciones específicas de los derechos del consumidor”, dijo Ochoa Morales, en entrevista radiofónica con la cadena W Radio. “Se dejan a salvo las disposiciones que deben acatar cada una de las empresas que estén operando legalmente en nuestro país. . . la protección al consumidor tiene sustento constitucional”.

     Profeco argumentó que las leyes que rigen la aviación mexicana permiten que los pasajeros transporten una maleta sin cobro y que las aerolíneas sólo podrán cobrar a partir del segundo equipaje.

     La controversia entre gobierno e industria parece evidente y generó confusión entre muchos, ya que al menos desde la perspectiva de la dirección de aeronáutica civil tal parece que Profeco impuso multas que no le correspondían.

     Además, el momento de esta disputa es sensible ante la cercanía del inicio de la temporada vacacional de verano, que es una de las épocas en que mayor actividad existe en los aeropuertos del país, y a raíz de la entrada en vigor de la nueva regulación de protección a los usuarios de transporte aéreo que estrenó ayer el país.

     Bajo esta nueva reglamentación, las aerolíneas deberán compensar económicamente a los viajeros que no puedan cumplir con los términos originalmente establecidos en su itinerario, en caso que la culpa del retraso o del cambio sea atribuible a la compañía.

     Por su parte, la industria aeronáutica dijo que vigilará el cumplimiento de la nueva regulación e impulsará una comunicación eficiente para informar los cambios en la ley con la entrada en vigor del tratado internacional.

     La industria “observará la aplicación de la ley en vuelos nacionales, y en estricto apego y cumplimiento a los tratados internacionales, que México ha suscrito con anterioridad en materia de transporte aéreo para vuelos internacionales”, dijo la Cámara Nacional de Aerotransportes, o Canaero, en un comunicado.

 



Fecha de publicación: 28/06/2017

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